Santo Domingo.– La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emitió un nuevo Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador que establece las reglas para investigar y sancionar infracciones cometidas por proveedores del Estado, como parte de la implementación de la Ley 47-25.
La nueva normativa, identificada como Reglamento Núm. DGCP-SNCP-02-2026, entrará en vigor en los próximos 30 días hábiles y busca fortalecer la seguridad jurídica, la transparencia y el debido proceso en el sistema de compras públicas.
Según explicó el director general de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, el reglamento crea un marco procedimental uniforme para la investigación, instrucción y decisión de los procesos sancionadores, con una separación clara entre las funciones de investigación y sanción.
Entre sus disposiciones, el reglamento establece escalas de inhabilitación para proveedores de entre uno y diez años, según la gravedad de la falta, e incorpora criterios de proporcionalidad para determinar las sanciones, tomando en cuenta elementos como dolo, beneficio económico obtenido e impacto en los servicios públicos.
La normativa también introduce procedimientos simplificados para proveedores que admitan faltas y planteen reparación del daño, además de regular los efectos de las sanciones sobre consorcios y entidades vinculadas en casos de fraude o simulación.
Con esta disposición, la DGCP suma dos de los seis reglamentos especiales previstos para desarrollar aspectos específicos de la nueva ley de contrataciones públicas.
